Eldorado: autorizan venta de alcohol en fiestas de egresados

En una sesión especial, el Concejo Deliberante de Eldorado aprobó una ordenanza que regula la organización de fiestas estudiantiles de fin de año.


La norma es fruto de las distintas reuniones realizadas entre los concejales, alumnos y padres ocasión en que se establecen los criterios bajo los cuales se podrán organizar fiestas de egresados.

Uno de los puntos más debatidos era la posibilidad de expendio de bebidas alcohólicas en el desarrollo de los festejos. Quedó establecido que se podrá hacer, pero se mantiene, en consonancia con las leyes provinciales, la prohibición de que los menores de 18 años puedan consumirlas.

A fin de garantizar dicha prohibición para los jóvenes de entre 16 y 18 años, los mayores estarán debidamente identificados -una de las posibilidades es a través de una pulsera- con el fin de que se les permita adquirir bebidas en las barras.

Según se informó a este medio, los ediles, para aprobar la normativa, se basaron en la Ley XIV Nº 5, (antes ley 2800) -conocida como Ley Galeano- que en su artículo 63, en el cual se prohíbe el ingreso de menores de 18 años de edad a locales bailables en los cuales se venda o expenda bebidas alcohólicas, expresa en su último párrafo:

“Exceptúanse de los alcances del presente artículo, los eventos sociales o recreativos que se realicen sin habitualidad en locales bailables”, considerando que las fiestas estudiantiles están contempladas dentro de dicha excepción se decidió sancionar la nueva ordenanza.

Del mismo modo, al contar Eldorado con un Código de Nocturnidad desde el 2007, se adecuaron los artículos de la nueva ordenanza a lo establecido en dicho Código, reformando aquellos artículos que se contraponen con la nueva normativa.

Los menores de 18 años, para poder ingresar al predio deberán poseer una autorización del padre o tutor responsable y una fotocopia del documento de dicho responsable.

Para la organización de las fiestas los organizadores deberán presentar un pedido formal de organización que será evaluado por una comisión ad hoc compuesta por tres concejales, un responsable del departamento Ejecutivo, una comisión de padres de los alumnos del establecimiento y representantes estudiantiles interesados en la realización del evento.

La organización de la fiesta estará a cargo de una comisión de padres responsables directos de la organización de los eventos y deberán participar activamente tanto en la organización como en el control y fiscalización de todos y cada uno de los aspectos organizativos y en el desarrollo mismo del evento, para lo cual deberán contratar vigilancia que se establece en la presencia de una persona de seguridad cada 80 asistentes y un padre de los alumnos cada 40 estudiantes.

Los organizadores deberán contratar un seguro y garantizar la presencia de asistencia médica y transporte para el traslado de quienes asistan a la fiesta. Además la ordenanza prohíbe expresamente la realización de estas fiestas los días viernes, sábado y vísperas de feriado.

La situación en Posadas

En Posadas, en tanto, el Código de Nocturnidad establece que, en las recepciones estudiantiles se encuentra prohibida la venta, consumo o expendio, suministro, donación, tenencia o entrega en envases cerrados o abiertos, de bebidas alcohólicas a menores de 18 años.

La insistencia de las autoridades con este sector radica que, en caso de alguna irregularidad, las sanciones recaerán sobre el local donde se realice la fiesta.

Si bien son fiestas familiares se recomienda que no haya expendio de bebidas alcohólicas para evitar inconvenientes. 

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